Por Miguel Torres
Miguel Torres es abogado y profesor de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona. Ha sido Presidente de la Comisión de Inversiones Extranjeras de la Unión Internacional de Abogados. Ha asesorado a la empresa que obtuvo la primera autorización concedida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para el cultivo de cannabis con fines de investigación.
Hace mucho tiempo que se comercializan productos de CBD en la UE sin que hayan merecido atención por parte de las autoridades alimentarias de los distintos Estados, fundamentalmente porque se trata de productos en general bien fabricados y que son inocuos. Al no detectarse ningún caso de intoxicación o contaminación que suponga un peligro para la salud pública, no se había declarado una alerta con la consiguiente actuación expeditiva de las autoridades alimentarias para retirar un producto del mercado.
La venta de productos con Cannabidiol (CBD) en España
Según varias informaciones, a finales del año 2018 se produjeron unas intervenciones de productos de CBD por parte de las autoridades que causaron cierto desconcierto, máxime cuando las autoridades alimentarias españolas no habían dado ninguna noticia relacionada con el CBD.
Sin embargo, el pasado 25 marzo la AECOSAN publicó en su web, por primera vez, una nota informativa sobre el uso del cannabis y cannabinoides como alimento: http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web/noticias_y_actualizaciones/noticias/2019/caniamo.htm
Resulta que desde el 25 enero 2019 se han realizado varias notificaciones por parte de Estados de la UE sobre la comercialización de productos con CBD a través de RASFF, el Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos comunitario creado en 1979.
Cuando un país que forma parte de la red descube un peligro para la salud, informa al resto de la red sobre el producto de que se trata y las medidas tomadas para hacer frente al riesgo. Estas medidas incluyen la retirada, la recuperación, la confiscación o el rechazo de los productos.
Hasta la fecha se han realizado 33 notificaciones relacionadas con el CBD. De ellas, 13 han sido presentadas por Suecia, 6 por España, 6 por Austria, 5 por Alemania, 2 por Suiza y 1 por Italia. De todas las notificaciones solo dos se refieren a productos con origen en España.
En estos casos, se activa el mecanismo previsto en la red y se implica a todos los Estados miembros para que lleven a cabo una investigación y que en su caso adopten discrecionalmente las medidas preventivas que estimen oportunas.
Si miramos el estado de la decisión de riesgo ("Risk Decision") en el portal RASFF, veremos que en algunos casos ya se dice "not serious". El resto sigue "undecided" pero podemos anticipar que la conclusión también será "not serious". Únicamente se han calificado como "serious" los productos en los que se ha detectado THC además de CBD.
No se han revelado los nombres de los productos de CBD investigados. De momento hay las 33 notificaciones en el portal RASFF, o sea que quedan muchos productos en el mercado que aún no son objeto de investigación. De hecho, es posible encontrar una cantidad asombrosa de productos de CBD en Amazon, de forma que el CBD no ha quedado proscrito al mercado negro sino que se que trata de una depuración selectiva a partir de un sistema basado en la denuncia o delación.
El pasado 18 de abril España realizó una notificación de productos como galletas y chocolates procedentes de los Países Bajos por contener derivados de cannabis no autorizados. Todo empezó a raíz de una inspección policial realizada por la Unidad de Seguridad Ciudadana e Intervención (USCI) de la Policía Local y de la Unidad de Estupefacientes de la Comisaría de la Policía Nacional el 25 de febrero en un comercio de Arrecife, en Lanzarote, Islas Canarias, al tener conocimiento de que se podían estar vendiendo productos alimenticios que contenían derivados de cannabis. Los hechos fueron puestos en conocimiento de la Dirección del Área de Salud de Lanzarote, que inmovilizó la totalidad de los productos.
La AECOSAN entendió que el etiquetado de las galletas era incorrecto porque no especificaba el tipo de harina de cereal que contienen las galletas y por la presencia de un derivado de cannabis, y en el caso de los chocolates, por la ausencia de etiquetado en castellano y la presencia de alérgenos no traducidos (gluten, leche, huevos y frutos secos), además de pa presencia de cannabidiol como ingrediente no autorizado. En este caso ha trascendido el nombre de los productos: Girl Scout Cookies Chocolate Kush, Girl Scout Cookies Ginger Kush, de la marca Dr. Greenlove, y Cannabis Chocolate CBD rich Dark Chocolate with hemp seeds & hazelnut pieces, de la marca City Seeds Bank.
Cabe preguntarse si la intervención policial y administrativa de los productos anteriores era procedente o si ha sido una reacción desproporcionada. Parece dudoso que esos productos contuvieran CBD purificado como los denominados aceites de CBD. La AECOSAN señala defectos en el etiquetado y aun que el establecimiento carecía de licencia para la venta de productos alimenticios, pero la vaga referencia a que los productos contenían cannabidiol nos permite entender que quizás ha bastado poner CBD o cáñamo en el envase para que se viera como producto no autorizado. Muchos cosméticos que se anuncian con cannabis/CBD, como los de Babaria o Sephora, están hechos con aceite de semillas y eso no plantea problema, como tampoco deberían plantearlos los alimentos. La propia AECOSAN reconoce en su nota que los alimentos que proceden exclusivamente de semillas, como aceite, proteína de cáñamo y harina de cáñamo, están autorizados para ser comercializados en la Unión Europea.
En su nota la AECOSAN parece que no tiene en cuenta que el Reglamento de Nuevos Alimentos prevé un periodo transitorio hasta el 2 enero 2020 para aquellos productos que hubieran sido legalmente comercializados antes del 1 enero 2018. Por otra parte, hay que recordar que está pendiente de resolución la solicitud de autorización presentada por la sociedad checa Cannabis Pharma que permitiría la comercialización de todos los productos de CBD similares dado el carácter genérico de las autorizaciones de nuevos alimentos.